Convocatoria de Cabildo de Elecciones
De conformidad con lo establecido en nuestras reglas y
siguiendo las recomendaciones de las autoridades diocesanas de convocar
elecciones a la mayor brevedad para dotar a la Hermandad de su gobierno regular
, el Cabildo de Oficiales en funciones ha resuelto convocar a los hermanos de
la Dominica Hermandad de Nuestra Señora la Virgen del Rosario y Patriarca
Bendito Señor San José y Cofradía de Penitencia de la Divina Misericordia y
María Santísima de la Trinidad a Cabildo de Elecciones, que se celebrará Dios
mediante el próximo 15 de septiembre de 2016 en horario de 20:00 a 22:00 horas
en las dependencias parroquiales de la Plaza del Derribo.
Hermanos con derecho a voto
Tendrán derecho a voto todos aquellos hermanos que: “estando
al corriente en el pago de sus cuotas y llevando un año de antigüedad en la
Hermandad, tengan cumplida para el día señalado para la elecciones la edad de
dieciocho años” (Regla 24ª).
Consulta del Censo Electoral
El censo de hermanos podrá
ser consultado a aquellos hermanos que lo soliciten identificándose con su
D.N.I. durante un plazo de veinte días naturales comprendidos entre el 15 de
Junio al 4 de Julio, de lunes a viernes entre las 20:30 y las 21:30 horas en la
capilla del Señor de la Divina Misericordia. Todo ello se llevará a cabo de
acuerdo a la Ley orgánica 15/1999 de 13 de Diciembre de Protección de Datos de
Carácter Personal relativos a la pertenencia a Asociaciones Religiosas, que
hace inviable la exposición pública de listas de personas inscritas en éstas.
Durante este periodo podrá incluirse en dicho censo a aquellos hermanos que
bien se pongan al corriente de sus cuotas o identifiquen su ausencia debido a
los errores que pueden cometerse en la elaboración del documento. Los
solicitantes solo podrán realizar modificaciones en los datos concernientes a
su identidad personal.
Derecho a voto por
correo
De acuerdo con la Regla 27ª, podrán votar por correo
aquellos hermanos que aparezcan inscritos en el censo como residentes fuera de
Alcalá de Guadaíra y aquellos que estén impedidos por enfermedad y lo acrediten
mediante Certificado Médico Oficial.
Tanto en un caso como otro deberán solicitar el voto por
correo mediante escrito dirigido a la Comisión Electoral que deberá estar en
poder de ésta con al menos un mes de antelación a la celebración de las
elecciones (esto es, el 15 de agosto de 2016). La Comisión Electoral remitirá
por correo certificado, al domicilio que figure en el censo, las papeletas y
sobres electorales. Para ejercer el voto por correo, los hermanos habrán de
incluir su papeleta en un sobre cerrado que a su vez se incluirá junto a una
fotocopia del DNI y el Certificado Médico Oficial (sólo en caso de enfermedad)
en otro sobre dirigido a la Comisión Electoral. El sobre ha de ser enviado por
Correo Certificado con Acuse de Recibo y ser recepcionado por la Comisión
Electoral con al menor 24 horas de antelación respecto a la celebración del
cabildo.
Presentación de candidaturas
El plazo de presentación de candidaturas tendrá lugar entre
el 6 y el 25 de julio de 2016, de lunes a viernes, de 20:30 a 21:30 horas en
las dependencias parroquiales. Los hermanos que, cumpliendo los requisitos,
deseen hacerlo habrán de presentar su candidatura cerrada y completa
solicitándolo por escrito al Secretario de la Hermandad, indicando la
composición completa de su lista. Cerrado el plazo se enviará a la Autoridad
Eclesiástica competente la lista con los candidatos como así se estipula en
nuestra Regla 26ª.
Quórum
El cuórum mínimo para validar la
Junta de Gobierno elegida se establece según nuestra Regla 28ª en una
participación de al menos el 5% de los hermanos con derecho a voto.
Secretario y Fiscal del Proceso Electoral y
comisión electoral
De acuerdo con lo establecido en la Regla 26ª, y dada la
voluntad manifiesta de los Secretarios y Fiscal en funciones de concurrir como
candidatos a las elecciones, el Cabildo de Oficiales ha nombrado Secretario y
Fiscal del proceso electoral a dos hermanos ajenos a la Junta de Gobierno:
N. H. D. José-Leonardo Ruiz Sánchez (Secretario); N. H. D.
Marco Antonio Gómez Peña (Fiscal)
Del mismo modo, ha sido nombrada la siguiente Comisión
Electoral dispuesta por la Regla 26ª:
N. H. D. Alejandro Navarro de la Fuente; N. H. Dña. Adela
Rodríguez Jiménez; N. H. Dña. María del Carmen González Rivero.
Cabildo de Elecciones
La mesa electoral, tal como indica la Regla 27ª
quedará compuesta por el Presidente, que será un representante de la Autoridad
Eclesiástica, el Secretario del Proceso Electoral y dos escrutadores designados
por él entre los hermanos que no sean candidatos a la Junta de Gobierno. Los
candidatos a Hermano Mayor podrán nombrar a un hermano como interventor (Regla
27ª). El voto será personal y secreto, debiendo acreditarse el votante mediante
documento oficial para su emisión. El Presidente, una vez concluya el escrutinio,
procederá a anunciar el resultado de la votación tras lo cual se llevarán a
cabo los trámites pertinentes establecidos en nuestras reglas 29ª y 30ª de cara
a solicitar la aprobación por parte de la Autoridad Eclesiástica de la Junta de
Gobierno elegida por nuestros hermanos.