jueves, 16 de junio de 2016

Convocatoria de Cabildo de Elecciones



Convocatoria de Cabildo de Elecciones
De conformidad con lo establecido en nuestras reglas y siguiendo las recomendaciones de las autoridades diocesanas de convocar elecciones a la mayor brevedad para dotar a la Hermandad de su gobierno regular , el Cabildo de Oficiales en funciones ha resuelto convocar a los hermanos de la Dominica Hermandad de Nuestra Señora la Virgen del Rosario y Patriarca Bendito Señor San José y Cofradía de Penitencia de la Divina Misericordia y María Santísima de la Trinidad a Cabildo de Elecciones, que se celebrará Dios mediante el próximo 15 de septiembre de 2016 en horario de 20:00 a 22:00 horas en las dependencias parroquiales de la Plaza del Derribo.

Hermanos con derecho a voto
Tendrán derecho a voto todos aquellos hermanos que: “estando al corriente en el pago de sus cuotas y llevando un año de antigüedad en la Hermandad, tengan cumplida para el día señalado para la elecciones la edad de dieciocho años” (Regla 24ª).

Consulta del Censo Electoral
El censo de hermanos podrá ser consultado a aquellos hermanos que lo soliciten identificándose con su D.N.I. durante un plazo de veinte días naturales comprendidos entre el 15 de Junio al 4 de Julio, de lunes a viernes entre las 20:30 y las 21:30 horas en la capilla del Señor de la Divina Misericordia. Todo ello se llevará a cabo de acuerdo a la Ley orgánica 15/1999 de 13 de Diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal relativos a la pertenencia a Asociaciones Religiosas, que hace inviable la exposición pública de listas de personas inscritas en éstas. Durante este periodo podrá incluirse en dicho censo a aquellos hermanos que bien se pongan al corriente de sus cuotas o identifiquen su ausencia debido a los errores que pueden cometerse en la elaboración del documento. Los solicitantes solo podrán realizar modificaciones en los datos concernientes a su identidad personal.

Derecho a voto por correo
De acuerdo con la Regla 27ª, podrán votar por correo aquellos hermanos que aparezcan inscritos en el censo como residentes fuera de Alcalá de Guadaíra y aquellos que estén impedidos por enfermedad y lo acrediten mediante Certificado Médico Oficial.
Tanto en un caso como otro deberán solicitar el voto por correo mediante escrito dirigido a la Comisión Electoral que deberá estar en poder de ésta con al menos un mes de antelación a la celebración de las elecciones (esto es, el 15 de agosto de 2016). La Comisión Electoral remitirá por correo certificado, al domicilio que figure en el censo, las papeletas y sobres electorales. Para ejercer el voto por correo, los hermanos habrán de incluir su papeleta en un sobre cerrado que a su vez se incluirá junto a una fotocopia del DNI y el Certificado Médico Oficial (sólo en caso de enfermedad) en otro sobre dirigido a la Comisión Electoral. El sobre ha de ser enviado por Correo Certificado con Acuse de Recibo y ser recepcionado por la Comisión Electoral con al menor 24 horas de antelación respecto a la celebración del cabildo.

Presentación de candidaturas
El plazo de presentación de candidaturas tendrá lugar entre el 6 y el 25 de julio de 2016, de lunes a viernes, de 20:30 a 21:30 horas en las dependencias parroquiales. Los hermanos que, cumpliendo los requisitos, deseen hacerlo habrán de presentar su candidatura cerrada y completa solicitándolo por escrito al Secretario de la Hermandad, indicando la composición completa de su lista. Cerrado el plazo se enviará a la Autoridad Eclesiástica competente la lista con los candidatos como así se estipula en nuestra Regla 26ª.

Quórum
El cuórum mínimo para validar la Junta de Gobierno elegida se establece según nuestra Regla 28ª en una participación de al menos el 5% de los hermanos con derecho a voto.

Secretario y Fiscal del Proceso Electoral y comisión electoral
De acuerdo con lo establecido en la Regla 26ª, y dada la voluntad manifiesta de los Secretarios y Fiscal en funciones de concurrir como candidatos a las elecciones, el Cabildo de Oficiales ha nombrado Secretario y Fiscal del proceso electoral a dos hermanos ajenos a la Junta de Gobierno:
N. H. D. José-Leonardo Ruiz Sánchez (Secretario); N. H. D. Marco Antonio Gómez Peña (Fiscal)
Del mismo modo, ha sido nombrada la siguiente Comisión Electoral dispuesta por la Regla 26ª:
N. H. D. Alejandro Navarro de la Fuente; N. H. Dña. Adela Rodríguez Jiménez; N. H. Dña. María del Carmen González Rivero.

Cabildo de Elecciones
La mesa electoral, tal como indica la Regla 27ª quedará compuesta por el Presidente, que será un representante de la Autoridad Eclesiástica, el Secretario del Proceso Electoral y dos escrutadores designados por él entre los hermanos que no sean candidatos a la Junta de Gobierno. Los candidatos a Hermano Mayor podrán nombrar a un hermano como interventor (Regla 27ª). El voto será personal y secreto, debiendo acreditarse el votante mediante documento oficial para su emisión. El Presidente, una vez concluya el escrutinio, procederá a anunciar el resultado de la votación tras lo cual se llevarán a cabo los trámites pertinentes establecidos en nuestras reglas 29ª y 30ª de cara a solicitar la aprobación por parte de la Autoridad Eclesiástica de la Junta de Gobierno elegida por nuestros hermanos.